Nº 33

Colusión. Los hechos reconocidos en un acuerdo conciliatorio pueden y deben ser considerados como un indicio de la existencia de la conducta ilícita respecto del requerido que no ha participado en él. Fallo de la E. Corte Suprema.

lock

Acceso restringido

El acceso a esta publicación está restringido a los suscriptores de DLE, Puedes acceder ingresando tus credenciales de acceso o solicitando un período de prueba.

Publicado