Nº 2764

La prohibición de adquirir o enajenar valores impuesta en el art. 16 de la Ley de Mercado de Valores (LMV) a los directores, gerentes, administradores y ejecutivos principales, sólo rige respecto de aquellos inscritos en el Registro de Valores. Oficio de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

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