Nº 374

Para calificar un contrato como de adhesión, debe probarse el desequilibrio del poder negociador de los contratantes. Fallo de la E. Corte Suprema.

lock

Acceso restringido

El acceso a esta publicación está restringido a los suscriptores de DLE, Puedes acceder ingresando tus credenciales de acceso o solicitando un período de prueba.

Publicado