Nº 708

Procede que en la división de una sociedad anónima extranjera se asigne a la nueva sociedad la agencia que mantiene en Chile. Oficio de la Comisión para el Mercado Financiero.

lock

Acceso restringido

El acceso a esta publicación está restringido a los suscriptores de DLE, Puedes acceder ingresando tus credenciales de acceso o solicitando un período de prueba.

Publicado