Nº 1427

Si el arrendamiento expira por culpa del arrendatario, procede aplicar el art. 1945 del CC y no el art. 6º de la ley 18.101. Fallo de la E. Corte Suprema.

lock

Acceso restringido

El acceso a esta publicación está restringido a los suscriptores de DLE, Puedes acceder ingresando tus credenciales de acceso o solicitando un período de prueba.

Publicado