Nº 1696

No procede negar al beneficiario el pago de las indemnizaciones pactadas en la póliza de seguro de vida, fundándose en que la conducta del asegurado constituye participación en actos temerarios o peligrosos, al haber fallecido en un accidente en el que se acreditó que conducía bajo la influencia del alcohol. Fallo arbitral confirmado por la I. Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

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