Nº 1953

La eliminación de la calidad de un beneficiario pensionado por renta vitalicia en una compañía de seguros, por haber dejado de vivir a expensas del afiliado, es de competencia de esta última, no de la administradora de fondos de pensiones (AFP). Oficio de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

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