Nº 2445

No existe inconveniente para que el empleador evalúe periódicamente si los trabajadores que han accedido al teletrabajo, continúan cumpliendo los requisitos legales. No es concordante con la normativa legal que el trabajador declare que conoce y acepta las condiciones establecidas por el empleador para acceder al beneficio, en forma previa a su propuesta. Oficio de la Dirección del Trabajo.

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