Nº 180

La junta de accionistas no puede acordar un aumento de capital por un monto superior al indicado en el aviso de citación. Si el aumento incide sólo en una de las series de acciones, se debe incluir el derecho a retiro en el aviso, aun cuando se desconozca a cuál de ellas afectará. Oficio de la Superintendencia de Valores y Seguros.

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