Nº 320

El Conservador de Bienes Raíces no puede negarse a practicar una inscripción fundado en la no pertinencia de la resolución judicial que la ordena. Fallo de la E. Corte Suprema.

lock

Acceso restringido

El acceso a esta publicación está restringido a los suscriptores de DLE, Puedes acceder ingresando tus credenciales de acceso o solicitando un período de prueba.

Publicado