I- ANTECEDENTES. 1- El inciso tercero del artículo 20 del DL 3.500 se refiere a los depósitos convenidos, que son aquellos acordados entre empleador y trabajador con el objeto de incrementar el capital requerido para financiar pensiones anticipadas o aumentar su monto. 2- El número 6 del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a… Seguir leyendo No son gasto necesario para producir la renta los depósitos convenidos pactados en contratos individuales si no se demuestra su relación con la generación de rentas del empleador. Fallos de la E. Corte Suprema.
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